
Para saber cuándo debes pasar la ITV de un vehículo, es imprescindible conocer tanto su fecha de matriculación como el tipo de vehículo. La fecha de matriculación es aquella en la que el vehículo se registró por primera vez (cuando obtuvo matrícula). En el caso de vehículos importados, se toma como referencia la fecha de su primera matriculación en el país de origen, no la fecha en la que se matriculó en España.
1. ¿Dónde encuentro la fecha de matriculación?
La fecha de matriculación aparece en el permiso de circulación (apartado I). Si no sabes qué es el permiso de circulación de un vehículo pulsa aquí.
Aunque menos fiable, también existen herramientas en Internet que, en función de la matrícula, calculan la fecha aproximada de matriculación.
2. Cuándo pasar la ITV, según el tipo de vehículo
Las frecuencias de inspección están reguladas por el Real Decreto 920/2017 y varían en función de la categoría del vehículo y su antigüedad. A continuación, se detallan los plazos según el tipo de vehículo:
2.1 TURISMOS (M1):
Primera ITV: a los 4 años desde la fecha de matriculación.
Desde los 4 a los 10 años: cada dos años.
A partir de los 10 años: cada año.
2.2 FURGONETAS Y CAMIONES (MMA MÁX 3500KG) (N1):
Primera ITV: a los 2 años desde la fecha de matriculación.
Desde los 2 a los 6 años: cada dos años.
Desde los 6 a los 10 años: cada año.
A partir de los 10 años: cada seis meses.
2.3 CICLOMOTORES DE DOS RUEDAS:
Primera ITV: a los 3 años desde la fecha de matriculación.
Resto: cada dos años.
2.4 MOTOCICLETAS, QUADS, CUADRICICLOS:
Primera ITV: a los 4 años desde la fecha de matriculación.
Resto: cada dos años.
2.5 CAMIONES (MMA +3500KG) Y CABEZAS TRACTORAS
Primera ITV: al año desde la fecha de matriculación.
Hasta 10 años: anual.
A partir de los 10 años: cada seis meses.
2.6 REMOLQUES Y SEMIREMOLQUES (O2, O3 y O4)
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O2: a los 2 años, luego cada 2 hasta 6, anual hasta 10, después cada 6 meses.
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O3 y O4: anual hasta 10 años, luego cada 6 meses.
(*) No aplica a caravanas.
2.7 CARAVANAS CON MMA SUPERIOR A 750KG
Primera ITV: a los seis años desde la fecha de matriculación.
Más de 6 años: bienal.
3. ¿Recibiré algún tipo de aviso recordándome que debo ir a pasar ITV?
Si el vehículo no ha acudido a una ITV antes, normalmente no se notifica, ya que no existen inspecciones previas registradas. Es responsabilidad del propietario saber cuándo le corresponde pasarla.
Una vez el vehículo haya pasado la ITV por primera vez, la estación ITV registrará los datos del vehículo y del titular. En las siguientes inspecciones, muchas estaciones suelen enviar recordatorios gratuitos por SMS o correo electrónico cuando la ITV está próxima a caducar.
4. Tengo la ITV caducada, ¿afecta en algo?
No. La nueva fecha se calculará desde el día en que se realice la inspección.
Ejemplo: un vehículo ha pasado su primera ITV a los cinco años. La siguiente inspección sería a los dos años, aunque haya estado un año con la ITV caducada.
5. ¿Pueden multarme si tengo la ITV caducada pero tengo la cita pedida?
Sí. Es indiferente que se tenga o no la cita ya pedida. Si está caducada es sancionable.
6. ¿Es posible pasar la ITV antes de tiempo?
Sí. Desde la entrada del RD 920/2017 es posible pasar la ITV hasta con 30 días de antelación sin perder días.
En caso de acudir con más de 30 días de antelación, la nueva fecha que se generaría sería en función del día que se acuda, perdiendo así los días que se tuviesen.
7. ¿Cuál es la multa por circular con la ITV caducada o desfavorable?
Circular con la ITV caducada está considerado una infracción y puede suponer una multa de 200 €, aunque el vehículo esté en buen estado o tengas cita previa para pasar la inspección.
Es importante tener en cuenta que:
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La sanción puede imponerse aunque solo hayan pasado unos días desde la fecha de caducidad.
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Si el resultado de la ITV fue desfavorable, también puede imponerse una multa de 200 € si se circula fuera del plazo permitido para subsanar defectos.
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Si la ITV es negativa, el vehículo no puede circular (salvo traslado en grúa), pudiendo acarrear sanciones mayores.
Por tanto, aunque no se pierda la periodicidad al pasar la inspección fuera de plazo, sí es sancionable circular con la ITV caducada.
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NOTA: La información sobre periodicidades de la ITV incluida en este artículo tiene carácter meramente informativo y puede estar sujeta a cambios normativos. Se recomienda consultar siempre la normativa vigente y confirmar los plazos directamente con la estación ITV correspondiente o con el organismo oficial competente.