Los vehículos pueden clasificarse de varias formas y una de ellas es atendiendo a los criterios de homologación (lo se exige al vehículo para poder ser homologado y poder comercializarse). Veremos las categorías M, N, O y L, aunque existen más (*).
(*) Existen más categorías que incluyen a los tractores, orugas, maquinaria forestal y de obra, etc. Se analizarán más adelante ya que son más complejas y también menos usuales.
CLASIFICACIÓN «M»
Son vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de personas y su equipaje (turismos y autobuses). En función del número de plazas y su MMA pueden ser M1, M2 o M3.
M1: vehículos que cuenten con un máximo de 8 plazas de asiento, además de la del conductor. No pueden existir plazas de pie (todos los viajeros tienen que ir sentados).
M2: vehículos que tienen más de 8 plazas de asiento, además de la del conductor. Pueden tener habilitados espacios para que los viajeros vayan de pie. Su MMA no superará las 5 toneladas.
M3: vehículos que tienen más de 8 plazas de asiento, además de la del conductor. Pueden tener habilitados espacios para que los viajeros vayan de pie. Su MMA es superior a las 5 toneladas.
CLASIFICACIÓN «N»
Son vehículos de motor concebidos y fabricados principalmente para el transporte de mercancías (furgonetas y camiones).
N1: vehículos cuya MMA no exceda los 3500kg.
N2: vehículos cuya MMA sea superior a las 3,5t pero inferior a las 12t.
N3: vehículos cuya MMA sea superior a las 12t.
CLASIFICACIÓN «O»
Son los remolques concebidos y fabricados para el transporte de mercancías o de personas, así como para alojar personas en su interior (una caravana por ejemplo).
O1: remolques cuya MMA no sea superior a los 750kg.
O2: remolque cuya MMA esté entre los 750kg y las 3,5t.
O3: remolque cuya MMA esté entre las 3,5t y las 10t.
O4: cualquier remolque que supere las 10t de MMA.
CLASIFICACIÓN «L»
Son vehículos a motor con menos de cuatro ruedas.
L1: vehículos de dos ruedas con cilindrada igual o inferior a los 50 cm3 y velocidad máxima igual o inferior a los 50km/h.
L2: vehículos de tres ruedas con cilindrada igual o inferior a los 50 cm3 y velocidad máxima igual o inferior a los 50km/h.
L3: vehículos de dos ruedas con cilindrada superior a los 50 cm3 y velocidad máxima superior a los 50km/h.
L4: vehículos de tres ruedas asimétricas (respecto al eje longitudinal del vehículo) con cilindrada superior a los 50 cm3 y velocidad máxima superior a los 50km/h.
L5: vehículos de tres ruedas simétricas (respecto al eje longitudinal del vehículo) con cilindrada superior a los 50 cm3 y velocidad máxima superior a los 50km/h.
L1e: ciclomotor de dos ruedas con velocidad igual o inferior a los 45km/h y cilindrada igual o inferior a los 50cm3.
L2e: vehículos compuestos por tres ruedas con velocidad igual o inferior a los 45km/h y de cilindrada inferior o igual a 50cm3.
L3e: motocicletas con velocidad superior a los 45km/h y cilindrada también superior a los 50cm3.
L4e: vehículos de dos ruedas con sidecar con una cilindrada superior a los 50 cm3 y con una velocidad superior a los 45km/h.
L5e: vehículos de tres ruedas simétricas con un motor de cilindrada superior a 50 cm3 y/o con velocidad superior a los 45km/h.
L6e: cuadriciclos con masa en vacío inferior a 350kg con velocidad inferior o igual a los 45km/h y cilindrada igual o inferior a los 50cm3.
L7e: cuadriciclos con masa en vacío inferior a 400kg (550kg si transportan mercancías). La potencia no será superior a los 15kW.